Al cumplirse el segundo mandato de N.H. Mayor, D. José Antonio Salamanca Navarro, esta Hermandad y Cofradía celebrará (D.m.) Cabildo General de Elecciones el próximo día 17 de mayo del año en curso, según establece la regla 16 del nuestros Estatutos.
El calendario del proceso electoral será el siguiente:
- Del 18 de marzo al 16 de abril del año en curso, ambos inclusive: plazo de presentación de candidaturas a Hermano Mayor.
- Del 17 al 19 de abril: la Junta Electoral determinará la aceptación o rechazo de las candidaturas haciéndolo público en la sede de la Hermandad y Cofradía, sita en el templo de San Nicolás de la Villa.
- Del 20 al 22 de abril: plazo para interponer reclamaciones contra la resolución de la Junta Electoral.
- Del 23 al 24 de abril: resolución por parte de la Junta Electoral de estas reclamaciones.
- 17 de mayo: Cabildo General de Elecciones.
El censo electoral de hermanos con derecho a voto se podrá consultar en la Ermita de la Alegría durante los días 25 y 26 de marzo, en horario de 19:00 a 20:30 h,con el fin de que cada hermano pueda comprobar sus datos personales y efectuar las correspondientes reclamaciones en su caso.
Las candidaturas deberán presentarse en la sede de esta Hermandad y Cofradía dentro del plazo establecido, pudiendo hacerlo en la Ermita de la Alegría durante los días 25 y 26 de marzo, en horario de 19:00 a 20:30 h. Al margen de estos días, podrán presentarse contactando con el Secretario de la Junta electoral.
Conforme al artículo 34 de la Normativa Complementaria al Estatuto Marco para Hermandades y Cofradías de la Diócesis de Córdoba, podrán presentarse a la elección de Hermano Mayor todos los hermanos con plenos derechos, es decir, mayores de edad civil y con un año de antigüedad en la Hermandad siempre que reúnan los requisitos exigidos por el Derecho Canónico, por los Estatutos de cada Hermandad y por los contenidos en el artículo 5 de la Normativa complementaria. Con la candidatura deberá aportarse la siguiente documentación: A) Relación, al menos, de los hermanos que formarían parte de la Junta de Gobierno como Vice-Hermano Mayor, Secretario y Tesorero, con el VºBº del Consiliario de la Hermandad; B) Declaración jurada de su situación familiar. En el supuesto de ser casado, partida de matrimonio canónico; C) Declaración jurada de todos los miembros de la Junta de Gobierno acerca de su situación familiar; D) Relación de los hermanos que avalen la candidatura con su firma y DNI, que habrán de ser el número establecido en los Estatutos de cada Hermandad y como mínimo, en cualquier caso, el 5% de los hermanos con derecho a voto.”
Sin otro particular, reciba Vd. un cordial saludo en Nuestro Padre Jesús de la Sentencia y Su Santísima Madre.
El presidente de la Junta Electoral.
Eulogio Murillo Expósito