Hermandad de la Sentencia – Córdoba

Inicio del proceso electoral – Cabildo General de Elecciones

Al cumplirse el primer mandato de N.H. Mayor, D. Rafael Álvaro Salamanca Navarro, esta Hermandad y Cofradía celebrará (D.m.) Cabildo General de Elecciones el próximo día 26 de junio del año en curso, según establecen nuestras reglas.

El calendario del proceso electoral será el siguiente:
•Del 27 de abril al 26 de mayo del año en curso, ambos inclusive: plazo de presentación de candidaturas a Hermano Mayor.
•Del 27 al 29 de mayo: la Junta Electoral determinará la aceptación o rechazo de las candidaturas haciéndolo público en la sede de la Hermandad y Cofradía, sita en el templo de San      Nicolás de la Villa.
•Del 30 de mayo al 02 de junio: plazo para interponer reclamaciones contra la resolución de la Junta Electoral.
•Del 03 al 05 de junio: resolución por parte de la Junta Electoral de estas reclamaciones.
•26 de junio: Cabildo General de Elecciones.

El censo electoral de hermanos con derecho a voto se podrá consultar en la Casa Hermandad durante los días 08 y 09 de mayo, en horario de 19:00 a 20:30 h, con el fin de que cada hermano pueda comprobar sus datos personales y efectuar las correspondientes reclamaciones en su caso.

Tendrán derecho a voto todos los hermanos que cumplan los requisitos para ello establecido en nuestras Reglas (dieciocho años cumplidos y un año de antigüedad en la Hermandad).

Las candidaturas deberán presentarse en la sede de esta Hermandad y Cofradía dentro del plazo establecido, pudiendo hacerlo en la Casa Hermandad durante los días 08 y 09 de mayo, en horario de 19:00 a 20:30 h. Al margen de estos días, podrán presentarse contactando con el secretario de la Junta electoral a través del teléfono 628417676.

Según la regla 109 de nuestros estatutos podrán optar al cargo de Hermano Mayor todos los hermanos con edad superior a 25 años de edad, con plenos derechos siempre que cumplan los requisitos exigidos por el Derecho Canónico, por estos Estatutos y por los contenidos en el artículo 5 de la Normativa complementaria al Estatuto Marco para Hermandades y Cofradías de la Diócesis de Córdoba. Además, tendrán que residir en la Diócesis de Córdoba, contar con una antigüedad mínima de cinco años como miembro de la Hermandad y no desempeñar cargos directivos en partidos políticos.

Con cada candidatura deberá aportarse la siguiente documentación:
A) Relación, al menos, de los hermanos que conformarían parte del Cabildo de Oficiales como Teniente de Hermano Mayor, Secretario y Tesorero con el VºBº del Consiliario de la Hermandad.
B) Declaración jurada de su situación familiar. En el supuesto de estar casado, partida de matrimonio canónico.
C) Relación de hermanos que avalen la candidatura incluyendo nombre, apellidos, firma y D.N.I. El número de avales deberá ser, como mínimo igual al cinco por ciento del total de hermanos con derecho a voto.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.

ACEPTAR
Aviso de cookies
Scroll al inicio